Asesoría legal · Diseño gráfico y UX/UI

Tus diseños tienen dueño, y deberías ser tú

Si cediste los derechos de un diseño sin pactar plazo, la ley mexicana entiende que la cesión dura 5 años. Te ayudo a cobrar por tu talento completo: el archivo y los derechos.

Respondo personalmente · Primera orientación sin compromiso

Lic. Alejandro Miguel, abogado mexicano especializado en Derecho, Tecnología e IA
Quién te ayuda

Lic. Alejandro Miguel

Abogado mexicano · Derecho, Tecnología e Inteligencia Artificial

Te ayudo a poner en un contrato lo que tu talento vale, en un lenguaje que no necesitas traducir ni negociar solo.

  • Especializado en propiedad intelectual y derechos de autor
  • Investigador en Derecho e Inteligencia Artificial
  • Socio de BJMA · Bufete Jurídico Miguel y Asociados (13+ años)
Lo que nadie te enseñó en la carrera

Situaciones que resuelvo todas las semanas

  • Entregaste un logotipo para "redes sociales" y ahora está en camiones, espectaculares y empaques. Cobras lo mismo; el cliente usa infinito.
  • Vas en la ronda 9 de cambios de un proyecto que incluía 2. Decir "eso cuesta extra" suena a pelea.
  • Terminaste la identidad y el pago "se autoriza el otro mes". Ya van tres meses.
  • Un cliente tomó tu propuesta no elegida del pitch… y la produjo con otro proveedor.
  • El cliente registró tu logo como marca y ahora exige "los archivos editables y todos los derechos" como si vinieran gratis.
Antes de firmar, entiende esto

¿Quién es el dueño de un diseño en México?

Mito: "Si me pagaron el diseño, el cliente ya es dueño de todo."

Realidad: el pago del servicio no transfiere automáticamente los derechos patrimoniales. La transmisión debe constar por escrito (arts. 30, 83 y 84 de la Ley Federal del Derecho de Autor).

Mito: "Ceder derechos es para siempre."

Realidad: en México toda cesión es onerosa y temporal. Si no pactaron plazo, se entiende de 5 años; solo en casos excepcionales puede pactarse por más de 15 (art. 33 LFDA).

Mito: "Si cedí los derechos, el cliente puede quitarme el crédito."

Realidad: el crédito es un derecho moral, irrenunciable e imprescriptible (arts. 18–21 LFDA). Puedes ceder la explotación económica, nunca la paternidad de la obra.

Mito: "El logo se protege solo con registrarlo como marca."

Realidad: son dos vías que se complementan: el derecho de autor protege el diseño como obra, y el registro ante el IMPI protege su uso comercial. Un buen contrato ordena las dos.

Cómo te ayudo

Protección para cada etapa de tu trabajo

Antes de firmar

Contrato de diseño

Alcance, entregables y rondas incluidas. Revisión del contrato que te mandó el cliente. Cotización con valor contractual.

Durante el proyecto

Cesión de derechos o licencia de uso

Anexo con usos, plazo y territorio delimitados. NDA con cláusula de portafolio. Orden de cambio para cobrar lo extra.

Después de entregar

Registro y cobranza

Registro de obra ante INDAUTOR, registro de marca ante el IMPI, y cobranza cuando no pagan o usan tu diseño sin permiso.

Así trabajamos

¿Cómo te ayudo paso a paso?

Me escribes por WhatsApp

Con tu situación, sin formato: como se lo contarías a un colega.

Diagnóstico honesto

Si tu caso se resuelve con un correo bien escrito, también te lo digo.

Precio cerrado

Por escrito antes de empezar.

Documentos reutilizables

Entiendes cada cláusula, y tu contrato base te sirve para los siguientes clientes.

Preguntas frecuentes de diseñadores

¿Quién es el dueño de un diseño: el diseñador o el cliente?

Por regla general, el autor —el diseñador— es titular de los derechos desde que crea la obra. El cliente los adquiere cuando lo pactan por escrito, mediante cesión o como obra por encargo (art. 83 LFDA). Sin documento escrito, el cliente tiene una discusión, no una titularidad clara.

¿Cuánto dura una cesión de derechos en México?

Lo que pacten en el contrato. Si no se pactó plazo, la ley entiende 5 años; solo en casos excepcionales puede exceder de 15 (art. 33 LFDA). Además, toda transmisión debe ser onerosa.

¿Puedo ceder derechos "para siempre" y "para todo uso"?

No tal cual: la ley mexicana concibe la transmisión como temporal. Se pueden pactar plazos largos y usos amplios, pero eso vale más dinero — por eso conviene delimitarlo en vez de regalarlo en una frase genérica.

¿Qué son los derechos morales y por qué no puedo cederlos?

Son el vínculo entre tú y tu obra: el crédito como autor y la integridad de la obra. Son irrenunciables, imprescriptibles e inembargables (arts. 18–21 LFDA). Aunque cedas la explotación económica, sigues siendo el autor.

Mi cliente usa mi diseño en medios que no pactamos, ¿qué puedo hacer?

Revisa qué dice tu contrato o correos sobre el uso autorizado. Si el uso excede lo pactado, procede negociar una licencia adicional o enviar un requerimiento formal. En la mayoría de los casos, una carta fundamentada y una tarifa razonable resuelven sin pleito.

¿El cliente puede registrar como marca el logo que yo diseñé?

Puede, si tú le cediste los derechos necesarios. El problema es cuando lo registra sin cesión escrita. Un buen contrato ordena la operación: cesión para uso marcario a cambio de un precio que la refleje.

¿Tengo que entregar los archivos editables?

Solo si lo pactaste. El editable es un entregable con valor propio: puedes venderlo aparte, entregarlo con condiciones o no entregarlo. Lo importante es que el contrato lo diga con claridad.

¿Cómo cobro los cambios que exceden lo acordado?

Con un contrato que fije cuántas rondas de revisión incluye el precio, y un formato de orden de cambio para todo lo extra. Convierte la discusión incómoda en un trámite normal.

Presenté propuestas en un pitch y usaron la que no eligieron. ¿Es legal?

No sin tu autorización: las propuestas también son obras protegidas desde su creación. Documenta la coincidencia y las fechas. Para el futuro, presenta pitches con un acuerdo breve de confidencialidad.

¿Puedo usar en mi portafolio un trabajo cuyos derechos cedí?

Depende del contrato. Incluye siempre una cláusula de portafolio: derecho a exhibir el trabajo con fines de autopromoción, aun cediendo la explotación comercial. Si ya cediste sin esa cláusula, suele poderse negociar un permiso simple.

¿Qué debe incluir un contrato de diseño gráfico?

Alcance y entregables, calendario, anticipo y pagos, rondas de revisión y costo de las extra, cesión o licencia de derechos, crédito, confidencialidad, portafolio, y qué pasa si el proyecto se cancela a medias (kill fee).

¿El anticipo es obligatorio? ¿Cuánto se acostumbra?

No lo exige la ley; lo exige la experiencia. Entre 30% y 50% antes de empezar es práctica sana. El contrato debe decir que no es reembolsable si el proyecto se cancela por causas del cliente.

Diseñé por encargo sin contrato y el cliente dice que todo es suyo. ¿Lo es?

No automáticamente. La obra por encargo requiere pacto; sin contrato escrito, la titularidad se discute y la presunción inicial favorece al autor. Con tus archivos fuente, fechas y correos, tu posición es mejor de lo que crees.

¿Cómo registro mi diseño ante INDAUTOR y qué gano?

Presentas la obra, datos de autor y el pago de derechos; el certificado te da fecha cierta de autoría. No es obligatorio para tener derechos, pero en un conflicto es la diferencia entre afirmar y demostrar.

¿Qué diferencia hay entre ceder derechos y licenciar?

La cesión transmite el derecho patrimonial; la licencia solo autoriza usos concretos sin transmitir la titularidad. Para la mayoría de trabajos de diseño, una licencia bien delimitada es más sana y más rentable para ti.

¿Las ilustraciones y las interfaces (UI) también se protegen?

Sí. La ilustración es obra artística; una interfaz se protege en sus elementos gráficos como obra, y su código como programa de cómputo. En UX/UI conviene separar en el contrato diseño vs implementación.

¿Puedo trabajar con clientes de otros países?

Sí; cuida qué ley rige el contrato, cómo y en qué moneda te pagan, y qué cedes (los contratos estadounidenses suelen usar "work for hire", que en México opera distinto).

Mi cliente no paga, ¿qué hago sin quemarlo todo?

Recordatorio cordial → requerimiento formal → negociación con fecha límite → vía legal solo si el monto lo amerita. Evalúa condicionar la cesión de derechos al pago total: es tu mejor palanca y se pacta en el contrato.

¿Cuánto cuesta y cómo se paga tu asesoría?

Precio cerrado por escrito antes de empezar, según el documento o el caso. La primera conversación por WhatsApp no tiene costo ni compromiso.

¿Atiendes en línea?

Sí, todo el proceso puede ser por WhatsApp, videollamada y correo, con firma electrónica de documentos, estés donde estés en México.

Hablemos

Cobra por tu talento completo: el diseño y los derechos

Primera conversación sin compromiso: te digo qué necesitas y cuánto cuesta.

Lic. Alejandro Miguel, abogado mexicano especializado en Derecho, Tecnología e IA

Lic. Alejandro Miguel

Abogado · Derecho, Tecnología e IA

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