Antes de firmar
Contrato de diseño
Alcance, entregables y rondas incluidas. Revisión del contrato que te mandó el cliente. Cotización con valor contractual.
Si cediste los derechos de un diseño sin pactar plazo, la ley mexicana entiende que la cesión dura 5 años. Te ayudo a cobrar por tu talento completo: el archivo y los derechos.
Respondo personalmente · Primera orientación sin compromiso
Abogado mexicano · Derecho, Tecnología e Inteligencia Artificial
Te ayudo a poner en un contrato lo que tu talento vale, en un lenguaje que no necesitas traducir ni negociar solo.
Mito: "Si me pagaron el diseño, el cliente ya es dueño de todo."
Realidad: el pago del servicio no transfiere automáticamente los derechos patrimoniales. La transmisión debe constar por escrito (arts. 30, 83 y 84 de la Ley Federal del Derecho de Autor).
Mito: "Ceder derechos es para siempre."
Realidad: en México toda cesión es onerosa y temporal. Si no pactaron plazo, se entiende de 5 años; solo en casos excepcionales puede pactarse por más de 15 (art. 33 LFDA).
Mito: "Si cedí los derechos, el cliente puede quitarme el crédito."
Realidad: el crédito es un derecho moral, irrenunciable e imprescriptible (arts. 18–21 LFDA). Puedes ceder la explotación económica, nunca la paternidad de la obra.
Mito: "El logo se protege solo con registrarlo como marca."
Realidad: son dos vías que se complementan: el derecho de autor protege el diseño como obra, y el registro ante el IMPI protege su uso comercial. Un buen contrato ordena las dos.
Antes de firmar
Alcance, entregables y rondas incluidas. Revisión del contrato que te mandó el cliente. Cotización con valor contractual.
Durante el proyecto
Anexo con usos, plazo y territorio delimitados. NDA con cláusula de portafolio. Orden de cambio para cobrar lo extra.
Después de entregar
Registro de obra ante INDAUTOR, registro de marca ante el IMPI, y cobranza cuando no pagan o usan tu diseño sin permiso.
Me escribes por WhatsApp
Con tu situación, sin formato: como se lo contarías a un colega.
Diagnóstico honesto
Si tu caso se resuelve con un correo bien escrito, también te lo digo.
Precio cerrado
Por escrito antes de empezar.
Documentos reutilizables
Entiendes cada cláusula, y tu contrato base te sirve para los siguientes clientes.
Por regla general, el autor —el diseñador— es titular de los derechos desde que crea la obra. El cliente los adquiere cuando lo pactan por escrito, mediante cesión o como obra por encargo (art. 83 LFDA). Sin documento escrito, el cliente tiene una discusión, no una titularidad clara.
Lo que pacten en el contrato. Si no se pactó plazo, la ley entiende 5 años; solo en casos excepcionales puede exceder de 15 (art. 33 LFDA). Además, toda transmisión debe ser onerosa.
No tal cual: la ley mexicana concibe la transmisión como temporal. Se pueden pactar plazos largos y usos amplios, pero eso vale más dinero — por eso conviene delimitarlo en vez de regalarlo en una frase genérica.
Son el vínculo entre tú y tu obra: el crédito como autor y la integridad de la obra. Son irrenunciables, imprescriptibles e inembargables (arts. 18–21 LFDA). Aunque cedas la explotación económica, sigues siendo el autor.
Revisa qué dice tu contrato o correos sobre el uso autorizado. Si el uso excede lo pactado, procede negociar una licencia adicional o enviar un requerimiento formal. En la mayoría de los casos, una carta fundamentada y una tarifa razonable resuelven sin pleito.
Puede, si tú le cediste los derechos necesarios. El problema es cuando lo registra sin cesión escrita. Un buen contrato ordena la operación: cesión para uso marcario a cambio de un precio que la refleje.
Solo si lo pactaste. El editable es un entregable con valor propio: puedes venderlo aparte, entregarlo con condiciones o no entregarlo. Lo importante es que el contrato lo diga con claridad.
Con un contrato que fije cuántas rondas de revisión incluye el precio, y un formato de orden de cambio para todo lo extra. Convierte la discusión incómoda en un trámite normal.
No sin tu autorización: las propuestas también son obras protegidas desde su creación. Documenta la coincidencia y las fechas. Para el futuro, presenta pitches con un acuerdo breve de confidencialidad.
Depende del contrato. Incluye siempre una cláusula de portafolio: derecho a exhibir el trabajo con fines de autopromoción, aun cediendo la explotación comercial. Si ya cediste sin esa cláusula, suele poderse negociar un permiso simple.
Alcance y entregables, calendario, anticipo y pagos, rondas de revisión y costo de las extra, cesión o licencia de derechos, crédito, confidencialidad, portafolio, y qué pasa si el proyecto se cancela a medias (kill fee).
No lo exige la ley; lo exige la experiencia. Entre 30% y 50% antes de empezar es práctica sana. El contrato debe decir que no es reembolsable si el proyecto se cancela por causas del cliente.
No automáticamente. La obra por encargo requiere pacto; sin contrato escrito, la titularidad se discute y la presunción inicial favorece al autor. Con tus archivos fuente, fechas y correos, tu posición es mejor de lo que crees.
Presentas la obra, datos de autor y el pago de derechos; el certificado te da fecha cierta de autoría. No es obligatorio para tener derechos, pero en un conflicto es la diferencia entre afirmar y demostrar.
La cesión transmite el derecho patrimonial; la licencia solo autoriza usos concretos sin transmitir la titularidad. Para la mayoría de trabajos de diseño, una licencia bien delimitada es más sana y más rentable para ti.
Sí. La ilustración es obra artística; una interfaz se protege en sus elementos gráficos como obra, y su código como programa de cómputo. En UX/UI conviene separar en el contrato diseño vs implementación.
Sí; cuida qué ley rige el contrato, cómo y en qué moneda te pagan, y qué cedes (los contratos estadounidenses suelen usar "work for hire", que en México opera distinto).
Recordatorio cordial → requerimiento formal → negociación con fecha límite → vía legal solo si el monto lo amerita. Evalúa condicionar la cesión de derechos al pago total: es tu mejor palanca y se pacta en el contrato.
Precio cerrado por escrito antes de empezar, según el documento o el caso. La primera conversación por WhatsApp no tiene costo ni compromiso.
Sí, todo el proceso puede ser por WhatsApp, videollamada y correo, con firma electrónica de documentos, estés donde estés en México.
Primera conversación sin compromiso: te digo qué necesitas y cuánto cuesta.